La cotización en la Seguridad Social se divide en 2 Regímenes principales estos son: el Régimen General y por otra lado los Regímenes Especiales este a su vez se subdivide en R.E. por cuenta propia o Autónomos, R.E. trabajadores del mar, R.E minería del carbón.
Estos regímenes de la Seguridad Social es la forma de regularizar y de reglar las formas en que los trabajadores contribuye al Estado para un bienestar común. Las cotizaciones a la Seguridad Social se miden en base a la naturaleza de su actividad laboral. En competencia de sus contingencias se aplicará un porcentaje o tipo de cotización determinado.
Régimen General
En el Régimen General tenemos una gran cantidad de trabajadores de España. El Régimen General se rige por el Título II de la Ley General de Seguridad Social. En él se incluyen algunos sistemas especiales como el Sistema Especial Agrario, el Sistema Especial de Empleados del Hogar y Régimen de Artistas y Profesionales Taurinos entre otros.
Regímenes Especiales:
Régimen especiales por Cuenta Propia o Autónomos (RETA)
En este Régimen Especial de trabajadores Autónomos (RETA) esta integrado por obreros o trabajadores mayores de 18 años que están realizando su actividad laboral por Cuenta Propia.
Régimen Especial de los trabajadores del Mar
Todos los trabajadores tanto por cuenta ajena o por cuenta propia que se dediquen o desarrollen actividades marítimas pesqueras estarán encuadrados en este Régimen Especial de los trabajadores del mar.
Régimen Especial de la minería del Carbón
En este régimen especial del carbón incluyen a todos los trabajadores de empresas dedicadas a la extracción del carbón.
Régimen Especial de Funcionarios públicos, civiles y militares.
Dentro de los Regímenes Especiales que nos encontramos en la Seguridad Social es el de Regimen Especial de profesionales públicos. Este régimen cada vez más grande incluye al personal de sanidad, educación, administración, cuerpos de seguridad, entre otros…